El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar en toda Galicia, hasta el próximo 21 de mayo, la obligación de presentar el certificado COVID-19 en hospitales, recuperación o prueba diagnóstica negativa para visitar a los pacientes ingresados en centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional.
La Sala asegura que se mantiene la “idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida”, pues destaca que los valores que muestra el estudio técnico aportado por la subdirectora de Información sobre Saúde e Epidemioloxía “siguen siendo elevados”, lo que indica que el virus “continúa teniendo una elevada circulación” en la comunidad. Los magistrados advierten en el auto que “continuamos en una situación epidemiológica que determina un riesgo de transmisión del virus”, en especial en los lugares para los que se ha autorizado la prórroga de la exigencia del certificado.
El tribunal explica en el auto que la proporcionalidad de la medida para el acceso a determinados establecimientos “con alto riesgo de transmisión” se justifica “con la existencia de otras alternativas al certificado de vacunación, como son la prueba diagnóstica de infección activa, pasar la enfermedad e, incluso, la posibilidad de someterse voluntariamente a una prueba diagnóstica realizada en el hospital”. Además, subraya que las medidas de prevención que adoptan las autoridades sanitarias “quedan sujetas a un seguimiento y evaluación continua, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria”. Contra el auto cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.